Propuesta de funcionamiento del colectivo estudiantil
1/Los ámbitos organizados de participación del colectivo estudiantil[1] serán las Asambleas.
2/Todo estudiante del Ce.R.P del Norte tiene derecho a libre participación en las Asambleas Generales de dicha institución, con voz y voto.
3/Las Asambleas ordinarias se realizarán una (1) vez al mes.
4/Las Asambleas extraordinarias se realizarán cuando las circunstancias lo exijan y según la necesidad imperante sobre la problemática estudiantil.
5/Todo estudiante tiene derecho a convocar al colectivo a Asamblea, debiendo encargarse de informar a toda la comunidad estudiantil, o a los representantes de los grupos.
6/Cada grupo deberá tener, como mínimo, un (1) vocero. Dicho vocero será el responsable de mantener informado a su grupo sobre resoluciones y cuestiones tratadas en las reuniones.
7/La Asamblea general es el único órgano que tiene la potestad de tomar las decisiones que afectan al colectivo estudiantil.
8/Cuando se haga necesaria la expresión de las opiniones, planteamientos o resoluciones de la Asamblea –ya sea en reuniones, encuentros estudiantiles u otras instancias-, en ésta se decidirá argumentativamente cuál estudiante será el encargado de representar al colectivo estudiantil. Deberá ser rotativo.
9/Siempre que la Asamblea considere oportuno, se formarán comisiones para la investigación y el análisis de temas pertinentes. Una vez efectuad la investigación, elevarán un informe a la Asamblea. En el caso que exista alguna propuesta alas cuestiones planteadas, éstas deberán ponerse a consideración de los estudiantes. Dichas comisiones serán abiertas a la participación estudiantil.
10/La Asamblea debe elegir tres (·) delegados, los cuales representarán al colectivo estudiantil ante la Institución.
11/Todos los documentos que, una vez aprobados en la Asamblea General y deban elevarse a Dirección, tendrán que ser firmados por lo menos por dos de los tres delegados designados por el colectivo estudiantil en la Asamblea General.
[1] Se admitirá la presencia de ajenos al cuerpo estudiantil bajo el consentimiento del mismo.
martes, 12 de agosto de 2008
Propuesta de funcionamiento del colectivo estudiantil.
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